Por Comunicación ACB
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24 nov, 2021
¿Qué son las hipotecas multidivisa? Son préstamos con garantía hipotecaria, que se comercializaron de forma masiva a partir de 2007, en los que se incorporaba una cláusula que convertía el capital prestado en euros a yenes o francos suizos, debiendo devolver el prestatario ese importe en la moneda pactada en el contrato. Según nuestro Alto Tribunal son “productos bancarios complejos”. Muchas entidades financieras “colocaron” esta modalidad de préstamo a consumidores que desconocían los altísimos riesgos de la operación recomendada por su banco sobre la base del abono de una menor cuota mensual hipotecaria, valiéndose a esa época de lo elevado del índice de referencia Euribor. Según Pilar Buendía Amat, directora de ACB Abogados Consumo y Banca, este tipo de hipotecas “se han dejado de comercializar por los bancos, las últimas son de 2014, dada la tendencia bajista del Euribor. La entidad hacía especial énfasis en ese ahorro de la cuota mensual hipotecaria que implicaba una mejora de las condiciones pero no se informa al cliente de los riesgos aparejados a estos tipos de préstamos”. La entidad financiera, no advertía de las consecuencias de que toda la deuda quedaría indexada a la moneda elegida por lo que la deuda. podría aumentar o disminuir en función de la cotización frente al Euro. En la gran mayoría de las ocasiones existía falta de transparencia, por parte de la entidad bancaria, que omitía información relevante para el consumidor a la hora de contratar la hipoteca. De hecho, los tribunales españoles avalan esta falta de transparencia y son muchas las sentencias dictadas en favor de los consumidores con motivo de la irregular práctica bancaria avaladas por la doctrina favorable de nuestro Alto Tribunal y del Tribunal de Justicia de la Unión Europea . La letrada Pilar Buendía Amat nos comenta que “a la hora de plantear la nulidad de estas cláusulas por falta de transparencia supone demostrar que no hubo oportunidad real, previo a la firma del préstamo, de conocer los efectos económicos y riesgos de esta modalidad de financiación. En todos los casos que llevamos desde el despacho, el banco no otorgó una información correcta al cliente para que este pudiera valorar la conveniencia o no de suscribir dicho préstamo y las consecuencias económicas jurídicas-económicas del mismo”. ¿Quién las ha comercializado? Los afectados en España por la contratación de hipotecas multidivisa se concentran fundamentalmente en Cataluña con más de 10.000 afectados, Madrid con cerca de 9.500 clientes, Andalucía con 9.000 y la Comunidad Valenciana, con más de 6.000 afectados. Bankinter, Banco Popular, Catalunya Caixa, Banco de Valencia (ahora CaixaBank), Barclays, La Caixa, Sabadell, BBVA y Deutsche Bank , entre otras entidades, han comercializado este producto. (Fuente: reclamador.es) Perfil del hipotecado de multidivisa. Entre los años 2007 y 2014 podía haber sido cualquier consumidor que solicitase financiación bancaria para la adquisición de la compra de su vivienda, aunque casualmente, se ha comercializado entre los consumidores que tenían ingresos fijos (asegurados) y entre ciertos colectivos. Entre los expedientes que el despacho ACB Abogados está tramitando, “destaca la comercialización de forma notable en colectivo profesionales, como pilotos, guardias civiles, bomberos o médicos. Por ejemplo, en Palma de Mallorca, llevamos muchos expedientes de pilotos de aviación y personal de tripulación, no es de extrañar, dado que por esas fechas, la sede de la línea aérea Spanair estaba en Palma y muchos afectados residen allí”. ¿Qué cantidades se pueden recuperar? Estamos hablando de mucho dinero y dependerá básicamente de cinco variables: la fecha de contratación, la divisa, el capital prestado, si se han hecho amortizaciones anticipadas o cambio de divisa. No obstante, según la letrada especialista en hipotecas multidivisa de ACB abogados Consumo y Banca “La media se encuentra en 60.000 euros sobre préstamos de doscientos mil euros. Ahora bien, en Palma de Mallorca, hemos llegado a recuperar hasta 200.000 euros (capital pendiente de amortización y restitución de cantidades) cuando el importe prestado excede de los 500.000 euros”. ¿Cuál es el procedimiento de reclamación? La letrada Pilar Buendía Amat nos señala que “en todos los casos hemos tenido que ir a la batalla judicial, de hecho, lo habitual es que estos asuntos acaben en las Audiencias Provinciales, sabiendo que lo primero que se debe plantear es una reclamación extrajudicial al banco como primer paso siendo esta actuación importante de cara a que se pueda demostrar que el demandante hizo lo que estuvo en su mano para evitar la vía judicial y así lograr la condena en costas del propio procedimiento. A partir de ahí, las entidades intentan dilatar los procedimientos solicitando interrogatorio de parte y testificales de los empleados y ello pese a encontrarnos ante asuntos eminentemente jurídicos como marcan los fallos ya existentes. La novedad al respecto es que durante los pasados confinamientos de la pandemia, las entidades han comenzado a enviar propuestas de negociación, si bien es cierto que hasta la fecha no han sido interesantes para los intereses de nuestros clientes”. Esta experta en derecho bancario tiene claro que “hoy en día sigue siendo necesario acudir a los tribunales , contactar con un abogado especializado que conozca bien el tema y que quede claro que no recibió esa información necesaria para entender realmente en qué consistía ese préstamo multidivisa”. El problema de este tipo de préstamos es el constante recálculo del cuadro de amortización que “en pocas ocasiones sabe uno realmente lo que debe. Puede ocurrir que se deba más dinero del que incluso a uno le acaban de prestar. Puedes llevar quince años pagando ese préstamo y la amortización es mínima pese a que las cuotas que se pagan son elevadas”. En las demandas que la letrada de ACB Abogados Consumo y Banca interpone, se solicita a que la hipoteca se convierta desde su inicio en euros, que el préstamo se referencie al tipo de interés pactado en el contrato -normalmente Euribor + diferencial-, y por último l a devolución de los importes abonados de más en cuotas y comisiones de cambio, más los intereses legales desde cada adeudo hasta su efectivo pago. La abogada de ACB Abogados también nos comenta que “aunque el camino es largo, de 2 a 4 años, en función de la provincia, hay que iniciarlo cuanto antes, porque estamos hablando de recuperar mucho dinero y aunque la acción es imprescriptible, en el futuro podríamos encontrarnos con un cambio de criterio jurisprudencial y sinceramente, no son tiempos para dejar pasar esta oportunidad que nos da la justicia, de recuperar nuestro dinero y nuestra tranquilidad. Muchos de los afectados están viviendo una auténtica pesadilla debido a la hipoteca multidivisa, unido a la situación de crisis que estamos viviendo, por eso hay que actuar cuanto antes”. Para facilitar la reclamación a los afectados por la hipoteca multidivisa en ACB Abogados Consumo y Banca, ponen a disposición de los interesados un servicio de primera consulta jurídica gratuita . En dicha consulta, un letrado especializado en derecho bancario revisará toda la documentación relacionada y estudiará la viabilidad de las posibles acciones para reclamar las cantidades cobradas de más y los intereses legales, que podrían suponer la devolución de miles de euros, así como la reducción del capital pendiente del préstamo”. En ACB Abogados Consumo y Banca son especialistas en reclamaciones bancarias, como la usura en las tarjetas de crédito revolving o reclamaciones de todo tipo de cláusulas abusivas en los contratos de préstamos (cláusula suelo, multidivisa, gastos de constitución, comisión de apertura, etc.). Además abarcan otros temas como las reclamaciones a compañías de seguros. De hecho, están aflorando las reclamaciones a las aseguradoras, de aquellos empresarios que tienen (entre las coberturas de su seguro multirriesgo suscrito) una cláusula de: “Pérdida de beneficios/Paralización de la actividad”, con el fin de recibir la indemnización que les corresponde por el cierre obligado de su negocio en la primera etapa de la pandemia . Para más información: Tel. +34 645 40 33 25 C/ Jardines, 36 Elda (Alicante) C/ Espinar, 31 Madrid ACBabogados.es Fuente: ACB Abogados y el Confilegal.