Un matrimonio de Palma de Mallorca, clientes del despacho ACB Abogados Consumo y Banca, han logrado una resolución favorable de la Audiencia Provincial de Palma de Mallorca, Sección 5ª, con fecha 30 de abril que
(francos suizos y yenes japoneses).
Estos consumidores suscribieron dos préstamos multidivisa de 100.000 y 600.000 euros en los años 2004 y 2005, uno en francos suizos y otro en yenes y a lo largo de los años vieron como las amortizaciones eran escasas, la deuda crecía y ello a pesar de que la cuota mensual hipotecaria seguía siendo de un importe elevado. Eso hizo que contaran con Pilar Buendía Amat, letrada de ACB Abogados quien ha llevado este tema.
“Nuestro despacho realizó la reclamación extrajudicial frente a la entidad a finales del 2016, el Banco hizo caso omiso. También reclamamos la cláusula de gastos hipotecarios y el interés de demora dada su abusividad. A continuación, se interpuso la demanda en el 2017 ante el Juzgado de Primera Instancia núm. 17 de Palma de Mallorca que estimaba parcialmente la demanda instada”, aclara la letrada.
El fallo del citado juzgado en enero del 2019 fue de estimación parcial con motivo de las restitución de cantidades derivadas de los gastos hipotecarios, también respecto a los préstamos en divisas y a pesar de declarar la nulidad parcial del clausulado multidivisa por falta de transparencia, no establecía reintegro alguno de cantidades. “En el fallo no constaba la restitución de cantidades de ambos préstamos. Solo hablaba de la nulidad del clausulado multidivisa pero no condenaba a la entidad a la restitución de cantidad alguna. Dicha circunstancia hizo que solicitásemos complemento de la sentencia, que fue denegado, por lo que tuvimos que instar recurso de apelación dada la incongruencia de la resolución”.
En cuanto al fallo de la Audiencia Provincial de Palma viene a manifestar la incongruencia de la Sentencia de instancia, condenando a la entidad al recálculo correcto del cuadro de amortización de sendos contratos de préstamo, así como la restitución de cuantas cantidades, intereses y comisiones de cambio hubiesen generado las cláusulas anuladas”.
En dicha Sentencia, además de anular el clausulado Multidivisa de dos préstamos hipotecarios (de 100.000 y 600.000 euros), también se declaran abusivas las cláusulas de "gastos e intereses de demora",
motivo por el cual la entidad tendrá que restituir a los afectados las cantidades irregularmente repercutidas a tenor del criterio jurisprudencial del reparto de gastos de constitución de préstamo marcados por el Tribunal Supremo mediante Sentencia dictada en Pleno de la Sala 1ª enero de 2019.
Situación actual de los préstamos multidivisa.
En los últimos años y tras el fallo del Supremo de noviembre del 2017 sobre esta práctica, la mayor parte de los asuntos que siguen en lo tribunales se han estimado las pretensiones de los particulares. “Se han dejado de comercializar por los bancos, las últimas son de 2014, pero se vendieron en la época que el Euribor estaba tan alto, a 5,32 en agosto del 2008 y estas condiciones referenciadas al LIBOR se encontraban en torno al 2% -Libor Franco Suizo agosto del 2008 al 2,09%-, se hacía especial hincapié en ese ahorro de la cuota mensual hipotecaria que implicaba una mejora de las condiciones pero no se informa al cliente de los riesgos aparejados a estos tipos de préstamos”, aclara esta jurista.
“Eso si, hay que ir a la batalla judicial porque las entidades bancarias no dan su brazo a torcer. Una batalla judicial que puede durar unos cuatro años, entre primera instancia y la apelación en Audiencia”, aclara esta abogada.
El problema existente de estos préstamos multidivisa es que “puedes deber más dinero del que te han prestado, en una coyuntura en la que las entidades bancarias no informaban a los clientes de estas cuestiones, solo de las posibles bonanzas del préstamo. Si hubieran dado toda la información, está claro que ningún cliente habría firmado dicho préstamo”.
Esta experta en derecho hipotecario reconoce que “en el periodo de 2008 a 2014 se comercializó de forma notable en colectivo profesionales, como pilotos, guardias civiles o médicos. Hay que recordar que en Palma de Mallorca estuvo hasta hace poco la sede de la línea aérea Spanair y muchos afectados residen allí.
Pilar Buendía reconoce que de plantear la nulidad de estas cláusulas por falta de transparencia supone demostrar que no hubo oportunidad real previo a la firma del préstamo de conocer los efectos económicos de esta modalidad de financiación. “El banco no otorgó una información correcta al cliente para que este pudiera valorar la conveniencia o no de suscribir dicho préstamo y las consecuencias económicas jurídicas del mismo”.
Sobre la prescripción de estos asuntos hipotecarios, esta jurista recuerda que dado el tipo de acción, nulidad de condiciones generales de la contratación, la acción es imprescriptible “se recupera bastante dinero. Puede ser una media de cerca de 60.000 euros sobre préstamos de 200.000 euros en amortización y exceso de cuotas”.
Sin embargo, el colapso de los juzgados especializados de cláusulas suelo está haciendo muy lento el lograr una sentencia favorable en materia de multidivisa aunque finalmente la respuesta es favorable al cliente. “Un juzgado como el de Madrid tarda dos años para la admisión a trámite de la demanda. Una vez admitida va más rápido. Podemos hablar de unos tres años y medio para llegar a una Sentencia de la Audiencia Provincial”, advierte esta abogada.
Esta experta nos señala que “lo normal es que estos asuntos acaben en las Audiencias Provinciales, sabiendo que lo primero que se debe plantear es una reclamación extrajudicial al banco como primer paso siendo esta actuación importante de cara a que se pueda demostrar que el demandante hizo lo que estuvo en su mano para evitar la vía judicial y así lograr la condena en costas del propio procedimiento”.
A partir de ahí es la batalla judicial “no suelen acabar en audiencia previa ninguno de los asuntos ya que las entidades intentan dilatar los procedimientos solicitando interrogatorio de parte y testificales de los empleados y ello pese a encontrarnos ante asuntos eminentemente jurídicos como marcan los fallos ya existentes. Sin embargo, con la situación actual de confinamiento hemos recibido tres propuestas de negociación de diversas entidades”.
Pilar Buendia detalla que se trata de acuerdos donde se suelen ofrecer un porcentaje de lo que le correspondería en una vía judicial sin intereses legales ni costas. Solo es tiempo lo que compra el cliente y suelen ser poco atractivos esos acuerdos tanto por el porcentaje ofrecido como por la inversión procesal que ha hecho el cliente al contar con un abogado y un procurador para poder reclamar”.
Esta experta en derecho bancario tiene claro que “a día de hoy sigue siendo necesario acudir a los tribunales, contactar con un abogado especializado que conozca bien el tema y que quede claro que no recibió esa información necesaria para entender realmente en que consistía ese préstamo multidivisa. Luego lo que hemos hablado de reclamación extrajudicial y a los dos meses, si no hay respuesta, instar demanda judicial”.
El problema de este tipo de préstamos y complejo cuadro de amortización es que “en pocas ocasiones sabe uno realmente lo que debe realmente. Puede ocurrir que se deba más dinero del que incluso a uno le acaban de prestar. Puedes llevar quince años pagando ese préstamo y la amortización es mínima pese a que las cuotas que se pagan son elevadas”.
Por último, queremos informarles que la firma ACB ABOGADOS abrirá nuevo despacho en Alicante, concrétamente en la conurbación Elda- Petrer, con el fin de seguir con la defensa de consumidores afectados por las irregularidades bancarias así como para asuntos relacionados con las nuevas reclamaciones civiles que se aventuran numerosas (arrendamientos, reclamaciones de cantidad, resolución de contratos de compraventa, etc.)
Fuente: El Confilegal - Luis Javier Sánchez.